Nuevos plazos tributarios para fraccionamientos y domiciliaciones

De manera paralela, el Ayuntamiento de Arnedo está estudiando fórmulas para implementar ayudas que sirvan para paliar los efectos de esta crisis.

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Atendiendo a un nuevo decreto de medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para apoyar la economía y el empleo ante la situación de crisis en la que se está sumergiendo España a causa del coronavirus, se establecen nuevas fechas de pago y cobro

  • El plazo de pago en período voluntario en el caso de deudas tributarias resultantes de liquidaciones practicadas por la Administración y el plazo para el pago de la deuda tributaria una vez iniciado el período ejecutivo y notificada la providencia de apremio que hayan sido notificadas antes y después del 18 de marzo, se amplía hasta el 30 de mayo.
  • El cargo de los recibos domiciliados correspondientes al mes de abril de 2020 de la Tasa de Ayuda a Domicilio y Tasa de Comida a Domicilio, tendrá lugar el 20 de junio.
  • El cargo de los recibos domiciliados correspondientes al mes de abril de los Alquileres, tendrá lugar el 5 de junio.
  • La fracción correspondiente al mes de abril de los fraccionamientos concedidos en período voluntario, así como la fracción correspondiente del Pago a al Carta del Ayuntamiento de Arnedo, se cargará el 5 de junio en el banco.
  • Las fracciones correspondientes a fraccionamientos concedidos en período ejecutivo, responderán al esquema siguiente:
    • El 5 de junio se cargarán los recibos correspondientes a los vencimientos del 20 de marzo.
    • El 20 de junio se cargarán los recibos correspondientes a los vencimientos de 5 de abril.
    • El 5 de julio se cargarán los recibos correspondientes a los vencimientos de 20 de abril.
  • Los aplazamientos y fraccionamientos solicitados a partir del 18 de marzo, se concederán de tal forma que la fecha de la primera fracción sea a partir del 20 de junio de 2020.

Para facilitar la realización de pagos durante la vigencia del estado de alarma, desde el Ayuntamiento de Arnedo recuerdan a los contribuyentes que podrán efectuar transferencias con expresión de los datos identificativos del recibo/liquidación y sujeto pasivo en el siguiente número de cuenta de titularidad del Ayuntamiento de Arnedo de la entidad Bankia: ES40 2038 7417 3230 0006 8263.

Asimismo, los contribuyentes podrán solicitar fraccionamientos o aplazamientos de pago de sus deudas.

Una vez concluya la vigencia del estado de alarma, se establecerán y comunicarán los mecanismos correspondientes para solicitar las devoluciones de ingresos por las actividades, servicios y aprovechamientos suspendidos durante el mismo (entradas de cine y espectáculos, ocupación de la vía pública…). De manera paralela, el Ayuntamiento de Arnedo está estudiando fórmulas para implementar ayudas que sirvan para paliar los efectos de esta crisis.