El Ayuntamiento de Arnedo publica las bases del concurso que elegirá el cartel anunciador de las fiestas de San Cosme y San Damián 2019

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Como cada año, el Ayuntamiento de Arnedo ha convocado el concurso del cartel de nuestras fiestas de septiembre, siendo el tema del cartel las fiestas patronales de Arnedo de San Cosme y San Damián 2019.

El jurado estará compuesto por varios miembros que decidirán el ganador o ganadora, y además se hará una exposición de los carteles presentados en la página web del Ayuntamiento que también contará como voto.

En el cartel deberá aparecer escrito: “ARNEDO. FIESTAS DE SAN COSME Y SAN DAMIÁN. Del 26 de septiembre al 2 de octubre de 2019”.

El ganador obtendrá un premio de 750€, y será el cartel anunciador para estas fiestas de San Cosme y San Damián 2019.

El plazo para presentar las obras es del 10 hasta el 24 de julio del 2019 a las dos de la tarde, en el Registro General del Ayuntamiento, pudiendo presentar un máximo de tres obras por persona.

Podéis encontrar toda la información en la página web del Ayuntamiento www.arnedo.com

BASES Y CONVOCATORIA DEL CONCURSO DEL CARTEL ANUNCIADOR DE LAS FIESTAS EN HONOR A SAN COSME Y SAN DAMIÁN 2019.

1. OBJETO Y FINALIDAD.
El Ayuntamiento de Arnedo convoca este concurso de diseño de carteles para potenciar la participación de la población y fomentar la creatividad artística y con la finalidad de utilizar el cartel ganador para anunciar y promocionar las tradicionales Fiestas Patronales de San Cosme y San Damián.

2. RÉGIMEN JURÍDICO.
El otorgamiento de los premios se regirá por las presentes bases, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla, la Ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Arnedo y las bases de ejecución del presupuesto general de la corporación en aquellos preceptos que resulten de aplicación. Supletoriamente serán de aplicación las normas establecidas en la legislación sobre
procedimiento administrativo común.

3. PREMIO Y CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS.
La dotación presupuestaria destinada a esta convocatoria será de 750 € con cargo a la aplicación presupuestaria 3267-48900 de los presupuestos municipales del Ayuntamiento de Arnedo para el año 2019.
Se establece un premio único de 750 euros, a esta cantidad se le aplicara las retenciones legales de I.R.P.F.

4. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN.
4.1.- Requisitos de los participantes: Podrán participar todas las personas que lo deseen, artistas o diseñadores interesados, bien individualmente o mediante una modalidad asociativa sin ánimo de lucro. No podrán concurrir empresas, sociedades o entidades formalmente constituidas con ánimo de lucro.
Se podrán presentar un máximo de tres obras.
En atención a la especial naturaleza de esta ayuda, de conformidad con lo dispuesto en el Título VI de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Arnedo, para optar al premio no se exigirá acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la LGS.
4.2.- Condiciones de los trabajos:
-Los carteles presentados a concurso deberá ser originales e inéditos. No podrán concurrir trabajos premiados, pendientes de resolución o presentados simultáneamente en otros certámenes. Los premiados responderán de la autoría de las obras presentadas, declinando el Ayuntamiento de Arnedo cualquier responsabilidad que pudiera serle exigida a los autores por terceros.
-En el cartel deberá aparecer el siguiente texto:
“ARNEDO. FIESTAS DE SAN COSME Y SAN DAMIÁN. Del 26 de septiembre al 2 de octubre de 2019”.
Posteriormente, se incluirá en el Cartel ganador el escudo de la ciudad y/o el logo del Ayuntamiento de Arnedo, u otros que se estime conveniente.
-El tratamiento interpretativo del cartel será libre, así como la técnica a emplear siempre que permita su posterior reproducción tipográfica en cuatricromía. Los carteles serán presentados montados sobre un soporte rígido, preferentemente cartón pluma, del mismo tamaño que el cartel que permita su exposición. No llevará marco ni cristal. Las medidas serán de 50 cm. de anchura x 70 cm. de altura, no dejándose margen alguno y en sentido vertical.
Los carteles se presentarán haciendo figurar en la parte de atrás el título de la obra y el lema del autor, para preservar la identidad de su autor hasta el fallo del jurado.
-Los carteles se presentarán también en soporte digital, en formato JPG. La no aportación de la documentación necesaria para la correcta impresión dará origen a la descalificación.
Además el ganador/es deberá/n aportar con anterioridad a la percepción del premio un disco (CD, DVD) con el diseño, así como todos los archivos y todas las fuentes tipográficas empleadas, necesarios para realizar los fotolitos, así como una ficha indicando el entorno informático (Mac o PC), y el programa o procedimiento utilizado. El autor o autora será responsable de la correcta realización de los archivos aportados. En ningún caso se admitirán imágenes o fotografías reproducidas por escáner de otros autores. El Ayuntamiento se reserva la facultad de adoptar las medidas que considere oportunas
para garantizar la autenticidad de los trabajos presentados.

5. PLAZO, FORMA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN:
5.1.-Plazo: El plazo para la presentación de los trabajos será desde publicación del 10 hasta el día 24 de julio del 2019 a las 14 h.
5.2.-Forma: Los carteles se presentarán sin firma del autor haciendo figurar al dorso el título de la obra y el lema del autor.
Se adjuntará un sobre en cuyo exterior deberá figurar el título del cartel y el lema del autor, y en su interior la solicitud según modelo adjunto en el anexo I con los datos personales y la declaración responsable firmada de ser el autor y tener los derechos sobre las obras presentadas.
Además podrá adjuntarse en dicho sobre el currículo del autor y un comentario sobre el cartel.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la presente convocatoria o no fuera
acompañada de la documentación exigible, se requerirá al interesado para que en el plazo máximo e improrrogable de diez días subsane las faltas detectadas o aporte los documentos preceptivos, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
5.3.-Lugar: Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento (Oficina de Atención al Ciudadano- OAC), Plaza Nuestra Señora de Vico, 14. C.P.: 26580 Arnedo (La Rioja), sin perjuicio de los demás medios de presentación establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que las obras se envíen facturadas o por correo el Ayuntamiento de Arnedo no responderá de daños o extravíos que éstas puedan sufrir. Los carteles serán presentados por cuenta y riesgo del autor, a portes pagados.

6. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
De conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos personales, y en concreto el Reglamento (UE) 2016/679, le informamos de que sus datos personales formarán parte de un tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Arnedo. Dicho tratamiento está legitimado por el ejercicio de poderes públicos y/o por el cumplimiento de una tarea en interés público. Sus datos no serán cedidos a terceros salvo que la ley lo permita o lo exija expresamente.
Por otro lado, le informamos de que con carácter general en caso de ser finalista o resultar premiado, sus datos personales, incluida su imagen, podrán ser publicados en la página Web del Ayuntamiento, revistas o folletos municipales. No obstante, podrá oponerse a este tratamiento indicándolo expresamente en el Modelo de Solicitud (Anexo 1) adjunto a las bases de este concurso.
Sin perjuicio de todo ello, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión (derecho al olvido), limitación del tratamiento, portabilidad de los datos, cancelación y oposición, en relación a sus datos personales, dirigiéndose presencialmente al Registro General del Ayuntamiento o a la dirección de correo electrónico oac@aytoarnedo.org. Más información sobre Protección de Datos en https://www.arnedo.com/politica-privacidad

7. PROCEDIMIENTO: INSTRUCCIÓN Y CONCESIÓN.
La concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria ordinaria y procedimiento selectivo único.
7.1.- Incoación, ordenación e instrucción.
-El órgano competente para la incoación del expediente, con aprobación de las bases y realización de la convocatoria pública, será el Alcalde.
-El órgano competente para la instrucción del procedimiento será personal del Área de Cultura, Educación, Nuevas Tecnologías y Patrimonio.
El instructor del procedimiento realizará cuantas actuaciones considere necesarias para la
determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales y a la vista del fallo del jurado elevará la propuesta de Resolución, en los términos señalados en el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones.
7.2.- Jurado. El Jurado estará presidido por la persona que ostente el cargo de Concejal de Cultura del Ayuntamiento de Arnedo e integrado por: El Concejal de Festejos del Ayuntamiento de Arnedo; un representante de la Comisión de Cultura, Educación, Nuevas Tecnologías y Patrimonio; un representante de la Peña Lubumbas, Peña La Chispa, Peña TAO; dos profesionales del campo del diseño gráfico y/o las artes plásticas; además se realizará una exposición pública de los carteles presentados y en la Web municipal para recoger el voto de la población que se transmitirá al jurado con la consideración de un voto más de sus miembros.
El secretario del jurado será personal del Área de Cultura del Ayuntamiento de Arnedo, que actuará como instructor del procedimiento y que garantizará ente el jurado el anonimato de los participantes.
7.3.- Criterios de Valoración: El Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración de los trabajos:
– calidad artística y expresiva: diseño y colorido…………. De 0 a 10 puntos
– representación de los elementos tradicionales de estas fiestas…………. De 0 a 5 puntos
– originalidad…………. De 0 a 5 puntos
Los miembros del jurado puntuarán de acuerdo a estos criterios y puntuaciones cada uno de los carteles admitidos a concurso, pudiéndose obtener una puntuación máxima de 20 puntos.
7.4.- Propuesta y resolución.
– El órgano competente para la resolución del procedimiento será la Alcaldía.
– El Jurado a la vista de las evaluaciones realizadas, levantará acta del veredicto o fallo, al que se refiere el artículo 24.4 de la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, decidiendo el trabajo ganador y lo remitirá al órgano instructor del procedimiento quien emitirá un informe en el que conste que, de la información que obra en su poder, se desprenda que el beneficiario del premio, reúne todos los requisitos necesarios para acceder al mismo y elevará el fallo del Concurso a la Alcaldía,
quien resolverá la concesión del premio.
-La resolución habrá de ser motivada con alusiones a los criterios de valoración y determinación de los premiados, haciendo constar de manera expresa la desestimación del resto de las solicitudes.
De acuerdo con el art. 63.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Alcalde del
Ayuntamiento de Arnedo resolverá el procedimiento de concesión en el plazo de quince días desde la fecha de elevación de la propuesta de resolución.
-El premio se podrá declarar desierto si a juicio del jurado ningún trabajo reuniera los méritos o calidad suficientes.

8. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
La resolución de concesión, que pondrá fin a la vía administrativa, será notificada a las personas solicitantes en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

9. JUSTIFICACIÓN DEL PREMIO
A efectos de justificación del premio será aplicable la previsión del artículo 30.7 de la LGS:
“Justificación de la subvención”.

10. PAGO DEL PREMIO
10.1.- Resuelta la concesión del premio por la Alcaldía se ordenará el pago previa realización de los trámites reglamentarios necesarios. No se podrá efectuar el pago del premio si el beneficiario no se hallare al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Arnedo, pudiendo efectuarse la compensación de oficio en caso contrario.
10.2.- El abono del premio se realizará por transferencia en una cuenta bancaria a nombre del beneficiario.
10.3.- Mediante el pago del premio el Ayuntamiento de Arnedo adquiere el cartel ganador y el autor o autores premiados otorgan al Ayuntamiento de Arnedo la propiedad en exclusiva de todos los derechos económicos de propiedad intelectual inherentes a la obra premiada, y podrá libremente proceder a cualquier forma de explotación del cartel tales como la reproducción, distribución, comunicación pública o transformación durante el plazo señalado por el artículo 26 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, teniendo derecho a expresar la obra por cualquier medio o soporte tangible o intangible, comprendiendo todas y cada una de las modalidades de explotación, incluyéndose los
derechos de reproducción en cualquier soporte o formato, así como los derechos de distribución y comunicación pública de la obra, para su explotación comercial en todo el mundo.
Queda expresamente incluida la emisión y transmisión on-line de las obras y su puesta a
disposición a través de las redes digitales interactivas, tipo Internet. Igualmente el Ayuntamiento podrá explotar el cartel reproducido sobre cualquier soporte de merchandising, bien directamente o bien autorizando a un tercero la explotación.