El Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles que La Rioja en su conjunto baje al Nivel 1 del Plan de Medidas según Indicadores.
Según el propio portavoz del gobierno regional, Álex Dorado Nájera, la decisión se ha tomado “en base a los últimos indicadores“. El consejero ha afirmado que la incidencia sigue disminuyendo gracias a la responsabilidad de la ciudadanía y a la profesionalidad del sector sanitario.
Asimismo, Dorado ha informado de que la incidencia es ya más baja que la media nacional. Es por ello que “la consistencia de estos datos nos permiten tomar medidas adaptadas a esta nueva realidad”.
Por todo ello la Comunidad en su conjunto se sitúa a partir del próximo viernes, 1 de octubre, en el Nivel 1 del Plan de Medidas según Indicadores.
Principales medidas en el Nivel 1 son
- Se recomienda un máximo de 10 personas en las agrupaciones, aplicable a todos los ámbitos.
- En hostelería y restauración, el aforo máximo en interiores es del 75%. No hay restricciones en espacios abiertos. Se mantiene la recomendación de un máximo de 10 personas por mesa. El cierre, según licencia.
- En el comercio y en mercadillos, no se fija límite de aforo máximo.
- En las celebraciones religiosas, velatorios, entierros y ceremonias fúnebres, el aforo en interior estará limitado al 75%, como máximo.
- En actividades deportivas, el aforo máximo en interiores es del 75%.
Modificaciones en algunas medidas
- En lo relativo a las discotecas y locales de ocio nocturno se establecerá que el límite horario se ajuste a la licencia propia de cada establecimiento. El aforo interior será del 75%. Siempre se garantizarán las medidas de distanciamiento e higiene y prevención. Quedará permitido el consumo en barra, garantizando también las medidas, así como la apertura de la pista de baile. En este caso, será obligatorio el uso de mascarilla.
- En lo que respecta a congresos y los diferentes tipos de eventos profesionales podrán celebrarse sin restricciones de aforo. Siempre se cumplirá con las medidas sanitarias.
- En cuanto a los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, el aforo será del 100%. Siempre garantizando las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.
- En el ejercicio físico o deporte en grupo no profesional, el aforo en recintos abiertos en los eventos deportivos será del 100% y del 80% en cerrados.